Saltar al contenido
Trámites
Mostrar
Instrucciones para el pago de las sanciones en la zona de estacionamiento regulado (zona azul)

- Pago con reducción de la sanción. Si se paga la sanción en el plazo de los 20 días naturales siguientes, se aplicará una reducción del 50 por ciento del importe.

- Forma de pago de la sanción. Se puede pagar con tarjeta de crédito o débito, con independencia de la entidad que la emita, en la oficina de la Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB), situada en la calle General Prim, 1, 07820 Sant Antoni de Portmany. No es necesario solicitar cita previa.

- Alegaciones a la sanción. En caso de no estar de acuerdo con la propuesta de sanción, se pueden presentar las alegaciones y las pruebas que se considere oportuno (debe indicarse el número de boletín y la matrícula del vehículo). Se recomienda presentarlas a través del registro electrónico común (enlace: https://rec.redsara.es), indicando como organismo destinatario la Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB). También se pueden presentar presencialmente en la oficina de la ATIB antes mencionada o en cualquier oficina de recaudación de la ATIB (que se pueden consultar en la web www.atib.es > Tributos locales > Oficinas de recaudación), así como en los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

- Ejecución de la sanción. En el caso de que la sanción se haya notificado en el acto, si en el plazo de 20 días naturales siguientes no se ha pagado la sanción o no se han formulado alegaciones, la sanción tiene el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador. La sanción podrá ejecutarse transcurrido 30 días naturales desde la notificación de la denuncia. La terminación del procedimiento pone fin a la vía administrativa y la sanción podrá ejecutarse desde el día siguiente al transcurso de dichos 30 días.